Por Ing. Agr. María José Salgado, redacción Chacra.
La provincia de Santa Fe da un paso muy importante en la transparencia de la transacción entre productores de leche e industriales.
Con el fin de complementar las normativas nacionales y provinciales, el Ministerio de la Producción de Santa Fe publicó un decreto que obliga a productores de leche e industrias lácteas a inscribirse en un Registro Provincial de Producciones Primarias. El mismo busca perfeccionar el decreto Binner, sobre el precio de referencia (que es de público conocimiento) y que funciona desde el 2009, constituye indudablemente un paso muy importante en la transparencia de la transacción entre productores e industriales.
Este registro será de acceso público y tendrá la información necesaria para poder contactarlos a través de consultar la página web de la Provincia.
Las industrias lácteas que estén radicadas o tengan plantas en esta provincia, así como los operadores lácteos que compren leche para su procesamiento, deberán informar los estándares de composición y calidad higiénico-sanitaria con que califican la leche que compran y las bonificaciones y castigos que aplican.
Las empresas deberán establecer un valor para el kilogramo de grasa y un valor para la proteína. Las condiciones higiénico-sanitarias establecidas para la leche estándar son: Células somáticas menores a 400.000 cel/cm3, Bacterias totales menores a 100.000 UFC/cm3, Libre oficialmente de Tuberculosis y Brucelosis, ausencia de residuos de antibióticos, Descenso crioscópico menos a -0,512 °C, y temperaturas de 4° C en el tambo.
Entonces, a partir del 1° de julio del corriente año las industrias deberán informar el precio de la proteína, de la grasa, y el precio final de la leche estándar. También informarán los promedios de los valores composicionales y de calidad higiénico-sanitaria de los productores a quienes le compran la materia prima.
El acuerdo lácteo, fundamental
Los productores lácteos y los industriales tendrán derecho a solicitar la formalización de las condiciones de compra-venta, no pudiendo ninguno de ellos negarse. Dicha formalización será denominada Acuerdo Lácteo y deberá tener la siguiente información:
Estándar de composición en grasa y proteína, y los atributos higiénicos-sanitarios estándar sobre los cuales la industria aplica bonificaciones y castigos
Rangos y magnitudes de esas bonificaciones y castigos
Condición de pago con fechas y plazos
Laboratorio en el cual de las partes se comprometen a tomar su determinación como definitiva en caso de existir controversia
Protocolo de muestreo de la leche en la recolección periódica (INTI Lácteos)
Protocolo de muestreo en caso de controversia (INTI Lácteos)
Domicilio donde deben llegar las notificaciones que deban hacerse entre las partes
Indudablemente la provincia de Santa Fe ha decidido trabajar para que la compra-venta de leche sea más justa. Para ello, decidió no quedarse con las normativas Nacionales, sino trabajar el tema en su jurisdicción y ser pioneros en este tipo de acuerdos. Las otras provincias «lecheras» miran de reojo por encima del alambrado, habrá que esperar para ver si toman esta medida como ejemplo a seguir.
Fuente: Revista Chacra, 21 de mayo.


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