Todos los establecimientos ganaderos productores de hacienda con destino a exportación deberán implementar, dentro de los seis próximos meses, de manera obligatoria un Libro de Registro de Tratamientos de productos veterinarios aplicados al rodeo. La medida, publicada ayer en el Boletín Oficial (Resolución 666/11 del SENASA), dispone que el resto de los establecimientos ganaderos deberá poner en marcha la nueva exigencia «en forma progresiva».
Fuente: Ambito Financiero, 15 de septiembre.
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